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Contrataciones Públicas advierte compras por emergencia no significan vía libre para evadir proceso

El director de la DGCP, Carlos Pimentel, enfatizó que la rapidez no puede ser excusa para incumplir la ley

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Contrataciones Públicas advierte compras por emergencia no significan vía libre para evadir proceso
El director de la DGCP, Carlos Pimentel, enfatizó que la rapidez no puede ser excusa para incumplir la ley. (DIARIO LIBRE/ ARCHIVO.)

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) dejó claro este martes que las compras bajo la modalidad de emergencia no son un 'se vale todo'. Aunque los plazos se reduzcan por la urgencia, las instituciones del Estado están obligadas a cumplir las mismas fases y controles de un proceso ordinario, según lo establece la Ley 340-06.

El director de la DGCP, Carlos Pimentel, enfatizó que la rapidez no puede ser excusa para incumplir la ley.

"Actuar rápido no significa saltarse las reglas: significa aplicarlas correctamente para proteger el interés público", afirmó.

La aclaración llega tras el decreto 627-25, emitido luego del paso de la tormenta tropical Melissa, que autorizó a las entidades públicas a utilizar el procedimiento de excepción por emergencia para adquirir bienes, servicios y obras con mayor agilidad.

Mismo proceso, menos tiempo

La DGCP explicó que, en promedio, un proceso de emergencia toma entre 15 y 20 días, desde la convocatoria hasta la adjudicación, y exige todos los pasos formales: trazabilidad, competencia, transparencia, publicidad y monitoreo institucional.

  • El procedimiento inicia con el decreto presidencial que declara la emergencia. Luego, las instituciones deben:
  • Elaborar el requerimiento de compras y verificar disponibilidad de fondos.
  • Obtener la autorización de su Comité de Compras.
  • Elaborar y publicar el pliego de condiciones con especificaciones técnicas y criterios de evaluación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP).
  • Recibir y evaluar ofertas técnicas y económicas.
  • Adjudicar a la propuesta más conveniente.
  • Firmar y registrar el contrato en la Contraloría General de la República.

Según la DGCP, los plazos entre la publicación y presentación de ofertas pueden ajustarse, pero deben garantizar participación y competencia. La evaluación y adjudicación siguen siendo responsabilidad directa de la entidad contratante.

La institución insistió en que trabaja para fortalecer la capacidad del Estado y asegurar que los recursos públicos se manejen con integridad, incluso bajo presiones de emergencias sanitarias, fenómenos naturales o situaciones que afecten la seguridad y el bienestar ciudadano.

"Cada proceso, sea ordinario o de emergencia, debe realizarse con integridad y en beneficio de la ciudadanía dominicana", concluyó la DGCP.

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