Una ley derogada se cuela en el proyecto fiscal aprobado por el Congreso
La ley de las medidas fiscales fue estudiada y aprobada en solo seis días en el Congreso

La nueva ley de medidas fiscales aprobada por el Congreso Nacional mantiene una referencia a una legislación que ya había sido derogada, al establecer una exención del impuesto sucesoral para el bien de familia con base en la Ley 1024 de 1928.
El numeral dos del artículo ocho de la pieza establece que están exentos del pago del impuesto sucesoral "el bien de familia instituido por la Ley 1024 del año 1928, modificado por la Ley 5610, del 1961".
Sin embargo, la Ley 1024 fue derogada por la Ley 82-25 sobre Bien de Familia, promulgada en agosto de 2025, la cual sustituyó el régimen anterior y dejó sin efecto la normativa de 1928.
Aunque el texto contiene la imprecisión, la aplicación del artículo estará vigente porque la ley de las medidas fiscales ya fue promulgada y el error no afecta el contenido.
En un trámite de solo seis días, las dos cámaras congresuales aprobaron de urgencia y en sesiones consecutivas el proyecto de ley Medidas Pro Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional.
Tras ser tratado como un proyecto exprés, en solo horas el Poder Ejecutivo promulgó la ley que, según sus últimos artículos, es de aplicación inmediata.
La ley de Bien de Familia
La Ley de Bien de Familia, promulgada el año pasado, es autoría del Poder Ejecutivo y tiene como finalidad garantizar la seguridad jurídica del hogar.
La condición de bien de familia se otorga a aquellas propiedades en las que el Gobierno invierte recursos y protege frente a embargos o procesos judiciales que puedan comprometer la vivienda principal del núcleo familiar, según la ley.
Sin embargo, estos inmuebles tienen restricciones de uso, como la imposibilidad de venta o la incompatibilidad con otros fines que no sean residenciales.
La legislación establece que los inmuebles beneficiados con el Plan Nacional de Titulación de Terrenos del Estado estarán libres de la condición de bien de familia, eliminando así el impedimento para su libre disposición.



Ismael Hiraldo