La ley no basta: la lección venezolana para una reforma minera dominicana seria (1/3)
La reforma minera enfrenta una brecha entre norma y realidad

El profesor, jurista y amigo Olivo Rodríguez Huerta me compartió recientemente un paper escrito por el abogado José Ignacio González, titulado "La (incompleta) reforma de la regulación de minas en Venezuela". Casi al mismo tiempo, Alejandro Valerio, también abogado, me envió su artículo "Qué tan atractivo es Venezuela para la minería extranjera", publicado en el boletín "El diálogo".
Ambos textos abordan la reforma a la ley minera venezolana desde perspectivas distintas. Esa coincidencia me dio material para escribir una trilogía de artículos. Este es el primero. Su propósito es aportar al debate sobre una reforma minera en la República Dominicana que ordene el Estado, genere confianza, eleve los controles y convierta el potencial mineral en desarrollo legítimo.
Cada vez que un país anuncia una reforma minera, surge la misma expectativa: que un nuevo marco legal traerá orden, confianza, inversión, sostenibilidad y mejores resultados. La promesa resulta atractiva. Sin embargo, la experiencia muestra otra realidad: las leyes, por sí solas, no transforman los sistemas.
Ese es uno de los puntos centrales del debate reciente en Venezuela. Una visión destaca la oportunidad económica de reglas más flexibles, concesiones más largas, arbitraje internacional y apertura al capital extranjero. Otra advierte que la reforma será insuficiente si no enfrenta el problema de fondo: la brecha entre la norma escrita y su aplicación en el territorio, las instituciones y el poder público.
Ese contraste merece atención en la República Dominicana.
No porque ambos países sean equivalentes. No lo son. Tampoco porque debamos copiar modelos externos. Pero toda reforma minera debe responder una pregunta clave: ¿se modifica una ley o se corrige un sistema?
La diferencia importa.
Una ley minera puede modernizar el lenguaje, introducir mejores contratos, actualizar categorías técnicas, incorporar criterios ambientales y ofrecer mayor seguridad al inversionista. Eso suma. Pero si persisten la discrecionalidad administrativa, la fragmentación institucional, los retrasos, la falta de trazabilidad, la debilidad del control territorial o la incapacidad de aplicar la norma, la reforma queda en promesa.
Esa es la advertencia del caso venezolano: el problema minero no es solo normativo. También es institucional.
En la República Dominicana, el debate no debe centrarse en la extensión del texto ni en su modernidad. La pregunta es otra: ¿la nueva ley reducirá la incertidumbre, ordenará competencias, fijará plazos, evitará duplicidades, fortalecerá los controles y ofrecerá reglas claras al Estado, las empresas y las comunidades?
Si la respuesta es sí, hay reforma. Si es no, hay un ajuste formal.
La institucionalidad minera no se limita a un sector. Define la capacidad del Estado para gobernar el territorio, proteger el ambiente, recaudar, supervisar con criterios objetivos y decidir sin arbitrariedad. Es, en esencia, Estado de derecho aplicado a una actividad compleja.
Esto no solo interesa a las empresas. También a ambientalistas, comunidades, medios, academia y otros sectores. Cuando una actividad opera con incertidumbre y baja transparencia, todos pierden: la inversión, el Estado, la confianza pública y la protección ambiental.
El debate dominicano debe evitar dos errores.
El primero es el triunfalismo extractivo: creer que abrir la inversión resolverá todo. Sin reglas claras, coordinación y supervisión, la apertura puede agravar los problemas.
El segundo es el reformismo de papel: producir una ley extensa que intente resolver todo, pero genere más confusión, lentitud o conflictos entre instituciones.
Una reforma madura debe evitar ambos extremos. Debe reconocer el valor económico de los recursos y, al mismo tiempo, fortalecer la gobernanza para reducir discrecionalidad, mejorar el control y generar legitimidad.
La República Dominicana tiene una ventaja: puede hacer una reforma preventiva, no reactiva. No legisla desde el colapso. Puede aprender de otras experiencias y evitar errores.
Pero eso exige honestidad.
Una ley moderna no será efectiva solo por mencionar sostenibilidad o añadir requisitos. Será útil si logra que la autoridad actúe con criterios claros, que los procesos sean predecibles, que el control ambiental funcione y que el Estado enfrente mejor la actividad ilegal.
La legitimidad de una reforma se mide en su capacidad de aplicarse.
La lección venezolana no es que reformar la ley sea inútil. Es que hacerlo sin fortalecer la institucionalidad convierte la modernización en una promesa vacía.
La República Dominicana debe aspirar a más.
Debe construir una ley minera que funcione como arquitectura de decisiones públicas. Una ley que no prometa más de lo que el Estado puede cumplir, pero que corrija la incertidumbre, la lentitud y los conflictos actuales. Una ley que entienda que la seguridad jurídica y la sostenibilidad no compiten. Y una ley que parta de una idea básica: en minería, la calidad de la institucionalidad define los resultados.


Martín Valerio Jiminián