Discernir antes de juzgar: hacia un pacto minero basado en razón, ética y Constitución
Hacia una minería con conciencia y compromiso constitucional

El valor del discernimiento en tiempos de polarización
Hace poco volví a ver la película "Finding Forrester", protagonizada por Sean Connery y Rob Brown. En ella, Connery interpreta a un escritor solitario que toma bajo su guía a un jóven talentoso jugador de baloncesto, con una curiosidad y una necesidad genuina de escribir. En una de las escenas más memorables, el personaje de Connery le dice: "Primero, se escribe con el corazón y luego con la cabeza." La frase encierra una sabiduría universal: toda acción humana nace del impulso interior, pero solo alcanza su verdadera forma cuando la razón la encausa.
El pasado martes 14 de octubre, la Iglesia Católica celebró una conferencia titulada "Iglesia y Minería", impartida por el Diácono Alirio Cáceres Aguirre. En su exposición, el diácono, explicó el significado del discernimiento desde la perspectiva de Santo Tomás de Aquino, quien en su Suma Teológica (II-II, q.51) define discernir como "juzgar correctamente sobre lo que se debe hacer o evitar".
Ambas enseñanzas invitan a pensar que sentir no basta; también hay que discernir. En la conversación hoy en día sobre la minería, esa lección cobra un valor particular. El país necesita menos juicios automáticos y más reflexión informada, menos pasiones y más criterio. Discernir antes de juzgar implica asumir que el desarrollo minero no puede construirse solo desde el interés o la emoción, sino desde un pacto basado en la razón, la ética y la Constitución -los tres pilares de una minería verdaderamente responsable y nacional.
Con esto no se pretende imponer una verdad, sino para construirla en común. En una época donde las redes amplifican percepciones y los debates tienden a la confrotación, urge volver a la razón, a la evidencia y a la ley como guías del diálogo público.
El diálogo requiere evidencia, no ideología
El artículo 40.15 de la Constitución de la República Dominicana reconoce el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. El artículo 66 lo reafirma como deber del Estado y de la ciudadanía.
Pero la misma Carta Magna, en su artículo 17, establece que los recursos naturales son patrimonio de la Nación y que su aprovechamiento debe realizarse conforme al interés nacional y a los principios de sostenibilidad. Esa es la base jurídica de una minería moderna: ética, técnica y constitucionalmente responsable. La minería no se define por discursos, sino por sistemas de gestión ambiental, monitoreo público, verificación científica y transparencia.
Cuando un proyecto cumple con evaluaciones de impacto ambiental (Ley 64-00), estándares internacionales (IFC, EITI, ISO 14001) y mecanismos de consulta social, no actúa en la oscuridad: actúa dentro del Estado de derecho. Por eso, el debate minero no debe ser ideológico, sino técnico y ético. La confianza social se construye con información abierta, no con consignas.
Ni la economía sin ética, ni la ética sin conocimiento técnico
El artículo 50 de la Constitución, consagra la libertad de empresa bajo el principio de responsabilidad social. No se trata de elegir entre economía o ética, sino de integrarlas. La doctrina social de la Iglesia, en Laudato Si, enseña que "cuidar la creación" es deber moral, pero también técnico: exige conocimiento, innovación y compromiso humano.
El sector minero dominicano asume esa obligación como un mandato de conciencia y de eficiencia. No hay contradicción entre producir y proteger cuando se actúa con rigor, regulación y rendición de cuentas. La minería responsable contribuye al artículo 17 de la Constitución, que ordena gestionar los recursos naturales de manera racional, sostenible y equitativa, promoviendo el desarrollo integral del país.
De hecho, una operación minera moderna no solo extrae minerales: genera empleos formales, impulsa encadenamientos productivos, mejora la infraestructura local y fortalece la base fiscal del Estado.
Es decir, puede servir directamente a la justicia social (artículo 8) y al desarrollo humano sostenible (artículo 75), cuando se orienta con prudencia y sentido común.
Discernir juntos: una responsabilidad compartida
El país está ante una oportunidad histórica: revisar y modernizar su Ley Minera (Ley 146-71) para ajustarla al siglo XXI, donde los estándares ambientales, los derechos comunitarios y la transparencia son tan importantes como la inversión.
Esa actualización no debe ser una lucha entre bandos, sino un acto de discernimiento nacional: una deliberación colectiva que traduzca los principios constitucionales en normas claras, previsibles y justas.
Porque el futuro minero de la República Dominicana no se definirá en la confrontación, sino en el consenso informado. La prudencia no es pasividad, es inteligencia en acción.
Y discernir, en este contexto, es ejercer la madurez de un sector que entiende que no hay sostenibilidad sin Estado de derecho, ni desarrollo sin ética pública, ni justicia social sin conocimiento técnico.
El manifiesto de una minería con conciencia
El sector minero dominicano no reclama prerrogativas, sino confianza legítima basada en hechos verificables. Su aspiración no es la excepción, sino la integración: ser reconocido como un aliado técnico y ético en la construcción del bien común. Más que defender intereses, busca compartir responsabilidades: con el Estado, con las comunidades y con el entorno que nos sostiene.
Discernir antes de juzgar es el primer paso; el segundo, más exigente, es construir juntos una minería consciente, que honre los principios constitucionales, respete la creación y convierta los recursos naturales en oportunidades sostenibles para todos.