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Arapf teme que cambios al Código de Trabajo desprotejan a las mujeres tras el embarazo

La asociación farmacéutica advierte que la nueva redacción de los artículos 240 y 242 limita derechos adquiridos y discrimina a mujeres no lactantes

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Arapf teme que cambios al Código de Trabajo desprotejan a las mujeres tras el embarazo
La Asociación insta a las autoridades a revisar las nuevas disposiciones y allanar el camino hacia un marco legal moderno y equilibrado, que respete los derechos adquiridos y reconozca las realidades. (FUENTE EXTERNA)

La Asociación de Representantes, Agentes y Productores Farmacéuticos, Inc. (ARAPF) manifestó este lunes su preocupación por la nueva redacción de los artículos 240 y 242 del Código de Trabajo, luego de la aprobación, en primera lectura, del proyecto de ley orgánica que modifica a la Ley 16-92.

Mediante una información enviada a la prensa indica que, en el caso del artículo 240, se cambia la condición de tener el derecho a tres descansos remunerados durante la jornada laboral, de 20 minutos cada uno, como mínimo, con la condicionante de que sea para amamantar al hijo.

No obstante, a juicio de ARAPF, esto representa una discriminación, pues condiciona el acceso a los descansos remunerados durante la jornada laboral únicamente a aquellas madres que se encuentren lactando.

"No se toma en consideración, por consiguiente, a mujeres que, por razones médicas (como mastitis, tratamientos oncológicos, infecciones u otros diagnósticos), o por decisión personal, no pueden o no desean amamantar, y, sin embargo, cumplen un rol de cuidado fundamental para sus hijos", señala la asociación.

La organización recalca que la experiencia médica y psicológica demuestra que los primeros meses de vida de un niño requieren, para su sano desarrollo, de una presencia activa de la madre, incluso cuando no está lactando directamente.

Brecha para la desprotección

El otro artículo que concitó inconformidad en el gremio fue la nueva redacción del 242. Este aborda la posibilidad de conceder licencias médicas sin disfrute de salario en casos de complicaciones en el embarazo.

Apunta que en la nueva versión del artículo se elimina el requisito de que dicha licencia dependía de que el empleador estuviera al día con la seguridad social de la trabajadora o que esta contara con un seguro médico.

Esta modificación, a juicio de ARAPF, "reduce las garantías de protección sanitaria en un momento en que la trabajadora podría encontrarse en una situación de vulnerabilidad física y económica". Al eliminarse ese criterio, "se deja abierta la posibilidad de que una mujer trabajadora enfrente una licencia sin salario y sin respaldo médico, lo cual representa un retroceso en términos de seguridad social y salud materna".

  • "Marcha en vía contraria a lo que debería ser la práctica institucional, es decir, procurar la protección social a las mujeres trabajadoras, en especial tras el alumbramiento, etapa que pueda representar vulnerabilidades, de salud y económica, para las madres", sostuvo el gremio sobre el artículo 242.

Pide revisar la reforma 

La Asociación de Representantes, Agentes y Productores Farmacéuticos instó a las autoridades a revisar las nuevas disposiciones y allanar el camino hacia un marco legal moderno y equilibrado, que respete los derechos adquiridos y reconozca las realidades, en especial en lo relativo al cuidado de la salud y la protección social de las familias trabajadoras.

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