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¿Se aumentaron los sueldos los miembros de la Cámara de Cuentas? Si es así, viola la Constitución

Una fuente dice que hubo un aumento de salarios a los empleados que no excluye a los miembros del Pleno del organismo

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¿Se aumentaron los sueldos los miembros de la Cámara de Cuentas? Si es así, viola la Constitución
Ramón Méndez Acosta, Francisco Tamárez Florentino, Emma Polanco, Francisco Franco Soto y Griselda Matos Santana, conforman el Pleno de la Cámara de Cuentas. (DIARIO LIBRE/ARCHIVO)

La circulación de una resolución que plantea un aumento de hasta un 50 % en las compensaciones de los miembros del pleno de la Cámara de Cuentas abrió dudas sobre si el órgano se aprobó un incremento salarial.

Una fuente de la institución negó la veracidad del documento que circula en medios de comunicación bajo el número de resolución ADM-2026-017, y dijo que la realidad es que hubo un aumento de salarios a los empleados que no excluye a los miembros del pleno de la institución.

A pesar de que en la página web de la Cámara de Cuentas están publicadas resoluciones con números posteriores, mas no la señalada.

El documento en cuestión corresponde a la resolución número ADM-2026-017, fechada el 13 de marzo de 2026. En su contenido se establece la modificación del "Manual unificado de políticas de compensación, derechos y beneficios del servidor público de la Cámara de Cuentas".

El texto en debate indica un aumento de hasta un 50 % en las compensaciones de los miembros del pleno, bajo el argumento de reconocer "dedicación exclusiva y jornadas extraordinarias". También plantea que la medida tendría carácter retroactivo a febrero de 2026.

De aplicarse, el incremento impactaría directamente a los actuales integrantes del órgano. Según los reportes de nómina del primer trimestre de 2026, la presidenta devenga 423,500 pesos mensuales, mientras que el vicepresidente y los miembros reciben 379,097.84 pesos cada uno.

Posible conflicto constitucional

De ser veraz la resolución, la disposición entra en conflicto con el artículo 140 de la Constitución, que regula los aumentos de remuneraciones en el sector público.

El texto establece: "Ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados".

Al tratarse de un aumento aprobado por los propios miembros para su período vigente, la resolución podría ser objeto de cuestionamientos de constitucionalidad. La Constitución también establece que el incumplimiento de esta disposición será sancionado conforme a la ley.

Niveles salariales

De acuerdo con los reportes de nómina del primer trimestre de 2026, los miembros del pleno reciben las siguientes remuneraciones:

La presidenta devenga 423,500 pesos mensuales, el vicepresidente y los miembros reciben 379,097.84 pesos cada uno.

Con el nuevo esquema, las compensaciones podrían aumentar en más de 211,000 pesos mensuales en el caso de la presidencia y en alrededor de 189,000 pesos para los demás miembros, dependiendo de la aplicación del tope del 50 %.

Cambios adicionales

La resolución también elimina el bono por antigüedad y suspende el bono vacacional. La medida se sustenta en que estos beneficios no estaban vinculados a criterios de desempeño o productividad institucional.

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