TSA reconoce derechos de Franasyl sobre canal 3 VHF y anula resoluciones del Indotel
Dispuso que el Indotel emita un acto expreso que declare la titularidad del canal a favor de la empresa

El Tribunal Superior Administrativo reconoció los derechos adquiridos de la empresa Franasyl, propiedad del comunicador Danny Alcántara, sobre la titularidad y explotación del Canal 3 en la banda VHF, y ordenó al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) emitir una nueva resolución que formalice esa titularidad. La decisión se adoptó tras acoger parcialmente un recurso contencioso-administrativo que impugnaba varias actuaciones del organismo regulador.
En su dispositivo, el tribunal establece que Franasyl cuenta con derechos previamente reconocidos para operar el canal, y que tales derechos no podían ser desconocidos mediante decisiones administrativas posteriores. Por ello dispuso que el Indotel debe emitir un acto expreso que declare la titularidad del Canal 3 a favor de la empresa y regularice su explotación conforme a la normativa vigente.
El TSA también anuló las resoluciones administrativas que habían sostenido lo contrario, entre ellas la que rechazaba la solicitud de reconocimiento del derecho de uso del canal y la que avalaba decisiones del Consejo Directivo del regulador. El tribunal concluyó que dichos actos no satisfacían el procedimiento legal ni se correspondían con los derechos previamente acreditados por la empresa.
Asimismo, declaró bueno y válido el recurso en cuanto a la forma, rechazó las solicitudes de inadmisibilidad presentadas por las demás partes y dejó sin efecto las pretensiones que buscaban impedir el reconocimiento de los derechos de Franasyl sobre la frecuencia.
- La intervención voluntaria de otra empresa en el expediente también fue descartada por falta de calidad procesal para participar en el fondo del litigio.
El fallo establece que el proceso queda libre de costas y confirma la competencia del tribunal para conocer el conflicto, ordenando que la decisión produzca los efectos legales correspondientes y que el regulador proceda a emitir el acto administrativo que consolide formalmente la titularidad del Canal 3 VHF.

