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TSE anula resolución de la JCE que negó reconocimiento al partido en formación Camino Nuevo

También ordenó a la organización depositar ante el organismo los documentos requeridos para su solicitud

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TSE anula resolución de la JCE que negó reconocimiento al partido en formación Camino Nuevo
Partido en formación Camino Nuevo y el nuevo fallo del TSE. (FUENTE EXTERNA)

El Tribunal Superior Electoral anuló la resolución de la Junta Central Electoral que rechazó el reconocimiento del partido en formación Camino Nuevo y ordenó que esa organización política deposite nuevamente ante la JCE el soporte de documentos correspondiente a su sede.

La resolución de la Junta Central Electoral que rechazó el reconocimiento del partido en formación fue anulada por el Tribunal Superior Electoral (TSE).

En una nota de prensa, la Alta Corte ordenó a la organización política, presidida por Eglenin Morrison, depositar nuevamente ante la sede de la Junta los documentos requeridos para solicitar su reconocimiento.

Anteriormente, el Tribunal Constitucional había anulado la sentencia TSE/0024/2023 en la que el TSE había rechazado una impugnación sometida contra la decisión previa de la JCE de objetar el reconocimiento de la organización.

En la ocasión, el TC envió el expediente de nuevo al TSE, el cual fue fallado nuevamente con la orden arriba referida.

Conforme a una nota de prensa emitida por la corte, sus jueces admitieron en cuanto a la forma la impugnación incoada en fecha 04 de agosto de 2023 por el partido político en formación Camino Nuevo, contra la resolución número 34-2023, que decidió la solicitud de reconocimiento de dicha organización, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), por haber sido interpuesta de conformidad con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables.

La impugnación fue acogida de manera parcial y anuló la resolución número 34-2023, en lo relativo al aspecto del local partidario, y, en consecuencia, "ordena a la Junta Central Electoral (JCE) que proceda a conocer nuevamente la solicitud de reconocimiento de partido político interpuesto por "Camino Nuevo", en cuanto al tópico de referencia".

La Alta Corte dispuso que el partido político en formación Camino Nuevo deposite nuevamente ante la Junta Central Electoral (JCE) el soporte documental correspondiente a la sede de la Sentencia número TSE/0181/2024 del 21 de febrero de 2024, expediente número TSE-01-0040-2023, conforme al artículo 15, numeral 7, de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y el artículo 6 del Reglamento, que establece el Procedimiento para el Reconocimiento de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, dictada por la Junta Central Electoral (JCE).

Dispuso que la sentencia sea ejecutada sobre minuta, no obstante cualquier recurso que contra la misma se interponga, en virtud de lo previsto en el artículo 3 de la Ley número 29-11, Orgánica de este Tribunal.

Magistrados del TSE

El TSE está integrado por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez

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