×
Compartir
Versión Impresa
versión impresa
Secciones
Última Hora
Podcasts
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Juegos
Herramientas
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Redes Sociales

Seis instituciones adquirirán bienes bajo régimen de seguridad nacional

Los organismos son la Procuraduría, el Cusep, Aeroportuaria, Energía y Minas, MIgración y Pasaportes

Expandir imagen
Seis instituciones adquirirán bienes bajo régimen de seguridad nacional
Parte de la flotilla de 183 vehículos militares entregada por el presidente Luis Abinader al Ministerio de Defensa el 21 de febrero de 2025. (DIARIO LIBRE/LUDUIS TAPIA)

El Poder Ejecutivo autorizó a seis instituciones públicas a realizar compras bajo el régimen de seguridad nacional. Esta medida fue oficializada mediante los decretos 186-25 y 205-25, emitidos los días 3 y 14 de abril de 2025, respectivamente.

Los organismos que ahora cuentan con la facultad de iniciar contrataciones por razones de seguridad nacional son: el Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep), la Dirección General de Pasaportes, el Departamento Aeroportuario, el Ministerio de Energía y Minas, la Dirección General de Migración (DGM) y la Procuraduría General de la República (PGR).

Con estas incorporaciones, suman 14 las entidades autorizadas para llevar a cabo contrataciones bajo este régimen.

Las instituciones previamente autorizadas son:

  • Ministerio de la Presidencia, en calidad de órgano superior del Centro Nacional de Ciberseguridad (CNCS).
  • Ministerio de Interior y Policía (MIP).
  • Ministerio de Defensa (MIDE).
  • Ejército de República Dominicana.
  • Armada de República Dominicana.
  • Fuerza Aérea de República Dominicana (FARD).
  • Policía Nacional (PN).
  • Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD). 

Ambos decretos fueron firmados por el presidente Luis Abinader y publicados en la Gaceta Oficial del 15 de abril de 2025.

¿Qué se considera como un proyecto de seguridad nacional?

Por definición, las situaciones de seguridad nacional son aquellas amenazas, de origen interno o externo, que atentan contra la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la protección de la vida y la libertad de la población.

De acuerdo con el artículo 2 del Decreto 111-22, se declaran de seguridad nacional las contrataciones relacionadas con armas letales y no letales, municiones, chalecos balísticos o antibalas, bombas de gas para control de disturbios (granadas, bombas lacrimógenas), y vehículos de combate (aeronaves, drones, barcos, equipos marítimos de táctica y asalto, así como sus repuestos y accesorios una vez vencida la garantía).

Asimismo, se incluyen radares terrestres, navales y aéreos; sistemas informáticos (software y hardware); y equipos de alta tecnología destinados a la seguridad ciudadana y la defensa nacional. También se consideran los servicios de consultoría o asistencia técnica vinculados exclusivamente a la seguridad ciudadana y la defensa nacional.

TEMAS -

Joven periodista con experiencia en temas políticos, económicos y culturales. Sus especialidades incluyen periodismo de investigación, narrativa transmedia y fact-checking.