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Fauna silvestre
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A consulta pública reglamento para regular la tenencia de fauna silvestre

El proyecto contempla centros de rescate en áreas protegidas y un registro nacional obligatorio para animales en cautiverio y colecciones preservadas

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A consulta pública reglamento para regular la tenencia de fauna silvestre
Fauna Silvestre: El plan incluye centros de rescate y un registro nacional para monitorear animales en cautiverio y colecciones educativas. (FUENTE EXTERNA)

El Ministerio de Medio Ambiente sometió a consulta pública un proyecto para registrar y controlar la tenencia de fauna silvestre en cautiverio en la República Dominicana, con el objetivo de garantizar la trazabilidad, el origen legal y el uso sostenible de estas especies.

El Proyecto de Reglamento del Registro y Control de Tenencia de Fauna Silvestre en Cautiverio y Colecciones Biológicas Preservadas en la República Dominicana, busca regular a quienes se dedican al manejo, reproducción, crianza, comercialización, exportación e importación de especies de fauna silvestre exótica, migratoria y nativa en cautiverio, "con fines personales, comerciales, científicos, educativos, de conservación, recreativos o ecoturísticos".

En el proyecto, el Ministerio de Medio Ambiente establece el Registro Nacional de Tenencia de Fauna Silvestre en Cautiverio y Colecciones Preservadas.

Este debe ser completado "por toda persona física o jurídica, pública o privada, que posea fauna silvestre con fines de mascotas, zoocriaderos, parques temáticos, tiendas de mascotas, centros de rescate de fauna silvestre, acuarios o zoológicos"

Centros de rescate en áreas protegidas

El documento también contempla el establecimiento, en diversas áreas protegidas, de centros de rescate para la rehabilitación y posterior liberación de animales silvestres que hayan sido incautados o decomisados por las autoridades.

En su artículo 24, el reglamento detalla que estos centros aplicarán "para las especies nativas, endémicas o migratorias que se mantengan en el mismo hábitat o área donde fueron rescatadas.

Estos centros de rescate podrán funcionar en coordinación con las instituciones adscritas, como el Zoológico Nacional, el Acuario Nacional, el Jardín Botánico u otras que apliquen".

Agrega que los centros de rescate "deberán informar a la Dirección de Biodiversidad del Viceministerio de Áreas Protegidas y Biodiversidad, de forma inmediata y por escrito, sobre la muerte o deceso de animales bajo su protección, adjuntando la necropsia del veterinario o del laboratorio forense".

Colecciones preservadas

El proyecto de reglamento hace referencia a las colecciones biológicas preservadas, que son aquellos especímenes conservados con fines de exhibición, ornato, investigación y educación de las especies, bajo manejo público o privado.

El reglamento señala que los titulares de colecciones biológicas deben registrar la tenencia de dichas colecciones para garantizar el control de los especímenes resguardados por parte del Ministerio de Medio Ambiente, así como para facilitar el acceso a estas cuando sea requerido por el ministerio con fines de inspección e investigación.

El Ministerio indicó que el proyecto de reglamento estará en consulta pública hasta principios de septiembre.

TEMAS -

Egresada de la UASD de la carrera de Comunicación Social, mención Periodismo. Ha participado como colaboradora en programas radiales y como periodista en El Nuevo Diario y Diario Libre.