El Código Penal: ¿un aborto del aborto?
No es el aborto, es la corrupción lo que frena el nuevo Código Penal
Nuestro Código Penal corresponde a una traducción literal de su homólogo francés del 1832. La República Dominicana lo adoptó en el 1884. Desde entonces pocas leyes han modificado su contenido. Lo normal es que, con la evolución de los tiempos, las normas se adapten a los cambios operados en la dinámica social. Eso no ha pasado con este viejo cuerpo normativo.
El anacronismo del Código Penal nos ha impedido contar con castigos para infracciones modernas, sin considerar que en otros ordenamientos jurídicos existen ilícitos sancionados con graves penas mientras en el nuestro no.
Ese código no nos interpreta. Se trata de un legado ya caduco que nació en una sociedad preburguesa de principios del siglo XIX en la que la industria apenas despuntaba como fuente de riqueza y de movilidad social. Hoy, en un mundo dominado por la criminalidad trasnacional, la conectividad, el e-commerce, el teletrabajo, las plataformas de la comunicación e información y la inteligencia artificial, esa omisión es históricamente inconcebible.
Pero eso no es todo: a pesar de que somos signatarios de convenciones internacionales para la estandarización de las leyes en materia de prevención, detección y sanción de los delitos transnacionales (como la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional del año 2000), en la República Dominicana, por falta de actualización penal, no se regulan los delitos cometidos por una concertación organizada de varias personas como actividad permanente de interés lucrativo. Hoy, el crimen de grandes secuelas no resulta de actos aislados, sino de complejas tramas operativas. Estas estructuras usan plataformas tecnológicas, capital humano, conexiones en el poder, flujos financieros y avanzada logística. ¡No tenemos una regulación sobre criminalidad organizada!
Aquí gobiernos y legisladores han preferido congelar el Código Penal de 1884 antes que decidirse por aprobar su reforma. Pero ¿por qué? ¿Por simple dejadez? No. La omisión es intencional y tiene una oscura razón política: retrasar el paso de nuevos tipos penales asociados a la administración de fondos públicos y prácticas de gestión estatal. Eso no interesa a quien controla el Congreso o detenta el poder, casi siempre el mismo partido. Sucede que el proyecto de Código Penal amplía y actualiza las infracciones sobre corrupción, al tiempo de agravar sus penas. Esa es la razón inconfesa de la "dejadez". Lo demás es pretexto.
¿Cuál ha sido, entonces, la excusa?: las benditas causales del aborto. Estas han devenido en aliadas expiatorias de tales intenciones. En ellas se ha cobijado plácidamente la desgana legislativa, sabiendo que es un tema de fuerte controversia pública.
Sucede que por unos cuatro artículos relativos al aborto tenemos en ascuas, durante 26 años, un proyecto de código de 388 artículos. Bien se pudo segregar las disposiciones del aborto en una ley separada y en otra el proyecto de reforma al Código Penal como razón imperativa de su aprobación. Pero ni una cosa ni la otra. El aborto no puede seguir abortando el código.
Nuestro Congreso tiene la viciosa tendencia de cambiar lo que funciona y a no tocar lo que realmente se necesita. Al margen de que la mayor parte de su labor legislativa se decanta por aprobar préstamos, certificar lo que le envía el Ejecutivo en materia de gestión ordinaria, poner nombres a calles o edificios públicos y a votar resoluciones poéticas. ¿Esperaremos 26 años más?
Luis Abinader no puede dejar el gobierno con un proyecto de Código Penal atascado por más tiempo en el Congreso. Cualquier otro esfuerzo no podrá redimir a su partido, gobierno y Congreso de esa irresponsabilidad histórica. La nación debe demandarle resultados inminentes.
Un Código Penal moderno vale más que diez nuevas líneas del metro y no cuesta nada. Respetamos la independencia de los poderes públicos, pero el Congreso ha demostrado sobradamente que no tiene interés. Le pedimos al presidente mudarse al Congreso y sacar de ahí un código aprobado, por el bien de la nación.