Consideran inconstitucional aumento salarial del Ministerio de Trabajo para las domésticas
La entidad anunció un incremento de 30 % a partir del 1 de mayo de del 2025
El Tribunal Constitucional falló contra las resoluciones que buscaban regular el sector doméstico en el 2023

El Gobierno anunció ayer un aumento salarial del 30 % para los trabajadores domésticos, con el que dispone que el “salario mínimo mensual” pase de 10,000 a 13,000 pesos a partir del 1 de mayo de 2025.
Sin embargo, esta decisión podría contravenir la Constitución, que establece que ninguna resolución está por encima de una ley.
El incremento fue anunciado este lunes por el ministro de Trabajo, Eddy Olivares Ortega, quien también reafirmó el compromiso del Gobierno de incluir a estas trabajadoras en el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
A través de una nota de prensa, el Ministerio precisó que sostuvo una reunión con representantes de la clase trabajadora, quienes valoraron positivamente el ajuste.
No obstante, el abogado laborista Luis Vilchez Bournigal explicó que, nuevamente, el proceso es inconstitucional, pues se trata de una acción directa para modificar una disposición establecida en el Código de Trabajo.
El aumento se aplicará sobre los 10,000 pesos establecidos en la Resolución CNS-11-2022 del Comité Nacional de Salarios (CNS).
“Le recuerdo a nuestro nuevo ministro de Trabajo que la acción de inconstitucionalidad interpuesta en contra de la Resolución 14-2022 sobre trabajo doméstico no fue presentada solo contra algunos artículos de dicha resolución del Ministerio de Trabajo; todo lo contrario, fue interpuesta en su totalidad”, respondió el abogado, quien, junto a Jorge Vilchez Bournigal y Laura Serrata, sometió dos de las tres resoluciones dictadas por la institución ante el Tribunal Constitucional (TC).
En ese sentido, la sentencia 0402-23 del TC señala que, en la resolución del entonces ministro, Luis Miguel De Camps, se introducían verdaderas modificaciones al régimen instaurado en el Título IV, relativo al trabajo doméstico, en sus artículos 258 al 265 del Código de Trabajo, modificando “aspectos neurálgicos de las estipulaciones que hizo el legislador”, lo cual no era posible mediante una resolución, por tratarse de una norma de menor jerarquía.
- En dicho documento se establecía, en su artículo 5, que las partes debían observar el salario mínimo fijado por el CNS, disposición que constituía una modificación al Código.
El especialista precisó que el Tribunal estableció que el ministro "no tenía derecho a violar la separación de los poderes del Estado ni a asumir ilegalmente funciones que no le correspondían", dejando claro, además, que ninguna resolución ni reglamento puede modificar disposiciones de una ley especial o de mayor jerarquía, como las contenidas en los artículos del Código de Trabajo.
“El Código de Trabajo ya establece un marco claro sobre la relación laboral en el servicio doméstico, y reconoce la libertad de las partes para pactar condiciones como el horario y la remuneración”, explicó el Vilchez, quien considera que la reciente disposición quedaría anulada, pues los cambios deben introducirse por ley.
Conformaron comité
Eulogia Familia, vicepresidenta y encargada de Política de Género de la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), informó que el Comité Nacional de Salarios retomó las discusiones para definir un aumento salarial para las trabajadoras domésticas.
El proceso se inició el pasado 18 de marzo, con una primera reunión entre sindicatos y centrales sindicales, marcando el inicio formal del debate. Ese mismo día fueron juramentadas las delegadas del comité, compuesto por representantes de los trabajadores, del gobierno y del sector empleador, este último representado por Bertilla Cabrera, en nombre de los comités de amas de casa.
Tras la juramentación, el martes 9 de abril se celebró una nueva sesión, previamente convocada, con el objetivo de conocer y aprobar una propuesta ya consensuada con trabajadoras y trabajadores. No obstante, la reunión pasó prácticamente inadvertida en la opinión pública, debido a que coincidió con una tragedia que acaparó la atención nacional del Jet Set, explicó.
El Tribunal Constitucional declaró, en junio de 2023, inconstitucional la resolución 14-2022, emitida en agosto de 2022, la cual establecía condiciones obligatorias como la contratación formal de las trabajadoras del hogar, horarios laborales máximos de ocho horas diarias.