Contrataciones Públicas anula acuerdo entre Senasa y Farmacard por violar la Ley 340-06
Senasa garantiza el acceso de los afiliados a medicamentos tras la resolución de la DGCP

El Seguro Nacional de Salud (Senasa) informó que garantizará el acceso a medicamentos para todos sus afiliados, tras recibir la resolución RIC-0109-2025 emitida por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), que deja sin efecto la contratación realizada con la empresa Farmacard, S.R.L.
La institución señaló, mediante un comunicado oficial, que acoge con responsabilidad y respeto la decisión, y que, tal como dispone la resolución, el servicio continuará de forma ininterrumpida.
La Administradora de Riesgos de Salud (ARS) informó que realizará los aprestos necesarios para convocar un nuevo procedimiento de contratación, conforme a lo establecido en la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas y sus modificaciones.
El organismo aseguró que actuará como garante del acceso a los medicamentos, sin que se vea comprometida la calidad ni la disponibilidad de los servicios a sus afiliados.
Asimismo, Senasa indicó que ya inició las gestiones correspondientes para cumplir con los mandatos de la DGCP, en coordinación con los órganos competentes, a fin de asegurar una transición ordenada y transparente.
La institución reafirmó su compromiso con la transparencia, el uso eficiente de los recursos públicos y la protección del interés general.
Senasa reiteró que continuará trabajando de forma diligente para fortalecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social, cumpliendo con las normativas vigentes y en estrecha colaboración con las autoridades.
Resultados de la investigación
En tanto, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) dijo que acogió la solicitud de investigación presentada por la empresa DHN Digital Health Network, S.R.L. y declaró nula de pleno derecho la contratación directa realizada por el Senasa con la razón social Farmacard, S.R.L., por violar lo dispuesto en la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas y sus modificaciones.
El órgano rector informó que los resultados de la investigación arrojaron que el contrato suscrito no encuadra en ninguna de las exclusiones previstas en el artículo 6 de la Ley 340-06, y que lo contratado no constituye un servicio de salud regido por la Ley 87-01 de Seguridad Social, sino que es un servicio de naturaleza administrativa y tecnológica.
La DGCP constató que el procedimiento se realizó al margen de la normativa, vulnerando principios esenciales como legalidad, debido proceso, igualdad, libre competencia, transparencia y publicidad.
"La decisión de la DGCP contó con la opinión técnica de la Superintendencia de Salud y Riesgo Laboral (Sisalril), que en su rol de velar por el estricto cumplimiento de la Ley 87-01 y sus normas complementarias, así como de contribuir a fortalecer el Sistema Nacional de Salud, informó que tuvo acceso al contrato en cuestión y verificó que su objeto no estaba excluido de la aplicación de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones", sostuvo la DGCP.
La institución reveló que Senasa consultó previamente a la firma de abogados Biaggi, S.R.L. para determinar la normativa aplicable, recibiendo como respuesta que la contratación no estaba sujeta a la Ley 340-06.
Sin embargo, durante la investigación se comprobó que la misma firma actuó como representante legal de Farmacard, S.R.L. en una solicitud posterior ante la DGCP, lo que evidencia un conflicto de interés relevante en el caso.
Anular el procedimiento de contratación directa y el contrato suscrito.
Permitir que el contrato actual permanezca vigente por un plazo de 70 días hábiles para evitar que se vea afectada la continuidad del servicio a los afiliados, mientras el Senasa convoca un procedimiento competitivo conforme a la ley.
La DGCP aclaró que, para efectos de la nulidad de la contratación, se consideró el impacto en el interés general, motivo por el cual, se otorgó un plazo razonable para convocar un procedimiento de contratación conforme a normativa vigente, el cual se deberá llevar a cabo a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP).
También, dar seguimiento y acompañamiento al Senasa en la ejecución de este nuevo procedimiento.
No se pueden realizar contrataciones directas
El director general de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel Florenzán, reiteró que ninguna institución que administre fondos públicos puede realizar contrataciones directas fuera de los casos expresamente detallados por la ley, ya que estas prácticas lesionan los principios que garantizan la transparencia, la libre competencia y el uso eficiente de los recursos públicos.
La resolución, que se encuentra disponible en la página web institucional de la DGCP, fue remitida al Senasa, a las partes involucradas, así como a la Contraloría General de la República, la Cámara de Cuentas y la Sisalril.
Finalmente, la DGCP reafirmó su compromiso con la transparencia y el cumplimiento de la ley en todos los procesos de contratación pública, en defensa del interés general y de la correcta administración de los recursos del Estado.