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Tribunal condena a tres años de prisión a dos contratistas por fraude eléctrico a Edeeste

Fueron sentenciados Héctor Rafael Reví y Joan Danilo Eusebio Ramírez por realizar conexiones ilegales a la red eléctrica

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Tribunal condena a tres años de prisión a dos contratistas por fraude eléctrico a Edeeste
Los sentenciados deberán cumplir la pena en la Penitenciaría Nacional de La Victoria. (ARCHIVO)

El Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo emitió este viernes una sentencia de tres años de prisión y el pago de una indemnización económica en contra de dos contratistas que incurrieron en prácticas fraudulentas en perjuicio de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste).

De acuerdo a una nota de prensa de la compañía distribuidora, la parte legal de Edeeste y el Ministerio Público presentaron pruebas suficientes para que el tribunal acogiera como buena y válida la condena en contra de Héctor Rafael Reví y Joan Danilo Eusebio Ramírez.

La sentencia establece una condena de tres años de prisión en la Penitenciaría Nacional de La Victoria y el pago de una indemnización económica de 100 mil pesos, así como la remuneración de las costas penales y civiles del proceso.

Indica que, según se describe en el documento de sentencia definitiva, ambos fueron sorprendidos en flagrante delito realizando conexiones ilegales sin la debida autorización de la Superintendencia de Electricidad (SIE) y de Edeeste, por personal de seguridad física de la distribuidora en junio del año 2023.

  • También señala que al momento de la detención tenían una “guagüita”, escalera, cables, entre otros objetos.

Violaciones 

Precisa que con sus acciones, Reví y Eusebio Ramírez violentaron los artículos 124-2 de la Ley General de Electricidad 125-01 y los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano.

La distribuidora aprovechó para llamar a los usuarios a regularizar su situación energética y evitar incurrir en prácticas ilegales que pueden conllevar sanciones penales y económicas.

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