Apresan a la Tora por rebeldía tras acusación por difamación que le hizo diputado Gory Moya
La comunicadora ha hecho caso omiso a la citación que se le ha hecho a acudir a audiencia a enfrentar la acusación

La comunicadora Claudia Pérez Ramírez, conocida como la Tora, fue apresada luego que la jueza Diana Moreno Rodríguez, de la Octava Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, ordenara su detención por rebeldía.
La Tora es imputada por el diputado Sergio Moya de la Cruz (Gory) por difamación e injuria a través de medios electrónicos, penalizados por los artículos 21 y 22, de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
A final de abril, el abogado del legislador solicitó la orden de conducción porque "habiendo sido legalmente citada", la imputada ha hecho "caso omiso" y en sus programas de televisión "se limita a establecer que no va a venir a este tribunal y a lanzar todo tipo de improperios como tiene acostumbrado hacerlo".
Argumento de la jueza
Al dictar el arresto, el 30 de abril de este año, la jueza Moreno Rodríguez basó su decisión en el artículo 100 del Código Procesal Penal, modificado por el artículo 27 de la Ley 10-15, que establece lo siguiente:
"Cuando el imputado no comparece a una citación sin justificación, se fuga del establecimiento donde está detenido o se ausenta de su domicilio real con el propósito de sustraerse al procedimiento, el ministerio público o el querellante pueden solicitar al juez o tribunal que lo declare en rebeldía y que dicte orden de arresto".
Dice resolución miente
Francisco Familia, abogado de la Tora, sostuvo que la resolución emitida por la magistrada miente porque, según explica, la jueza fue recusada y no podía celebrar audiencia debido a que las vistas no podían ser posibles hasta que la corte decidiera sobre la impugnación.
"Está mintiendo (la resolución que ordena su arresto) porque antes de eso se recusó a la jueza y eso se aplaza sin fecha, hasta que la corte de apelación no conozca el proceso de recusación, la sala no puede fijar audiencia", dijo Familia.
Agregó que la jueza no podía fijar audiencias ignorando la fecha en la que iba a decidir la corte.
El togado se presentó al tribunal a levantar la rebeldía, mientras que el acta que la declaraba es la núm. 046-2025-TREB-00312.