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Micky López
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Abogados reaccionan ante decisión judicial que extingue acción penal en caso de los López Pilarte

Debaten validez de extinguir proceso por vencimiento del plazo legal

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Abogados reaccionan ante decisión judicial que extingue acción penal en caso de los López Pilarte
La abogada Ingrid Hidalgo respaldó la decisión del Tribunal de La Vega que declara extinta la acción penal contra Micky López y familiares. (ARCHIVO)

La reciente decisión del Primer Tribunal Colegiado del distrito judicial de La Vega, que declaró la extinción de la acción penal en el caso contra el empresario Miguel Arturo López Florencio, conocido como "Micky López", y varios miembros de su familia, ha generado opiniones encontradas entre juristas.

El tribunal acogió el pedimento de la defensa basado en que ya transcurrieron más de cuatro años desde el inicio del proceso, lo que, según la normativa vigente, justifica la extinción de la acción penal.

La abogada Ingrid Hidalgo respaldó la decisión, señalando que, si ya venció el plazo legal de cuatro años para la duración de un proceso penal, lo correcto es declarar la extinción, independientemente de quién sea el imputado.

"La extinción es un instituto previsto en el Código Procesal Penal y debe aplicarse. Si una parte no está de acuerdo, que recurra la decisión"Ingrid HidalgoAbogada

No obstante, cuestionó la actuación del Ministerio Público, al preguntarse por qué no logró una conclusión del caso en el tiempo estipulado.

Por otro lado, el abogado Félix Portes advirtió que el plazo de cuatro años no es absoluto ni matemático.

Explicó que tanto el Código Procesal Penal como la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia establecen que deben evaluarse las conductas de las partes, especialmente respecto a quién es responsable de los aplazamientos y dilaciones injustificadas.

"Hay un sinnúmero de situaciones que deben tomarse en cuenta antes de dictar la extinción", subrayó Portes, quien aclaró desconocer a qué parte corresponde la responsabilidad de los retrasos en este proceso.

El abogado Ricardo Reina coincidió con Portes, indicando que si los aplazamientos son provocados por la defensa, ese tiempo no debe contar en perjuicio del Ministerio Público.

"Cuando un abogado retarda el proceso con un aplazamiento, ese plazo debe correr a favor del Ministerio Público", consideró. 

Señaló las fallas administrativas del sistema judicial, que en ocasiones, según denuncia, tarda años en designar el tribunal competente.

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Egresado de Comunicación Social de la Universidad Dominicana O&M. Tiene más de una década de ejercicio periodístico. Padre orgulloso de Lía y Eva.