El TEDH desautoriza una condena francesa por el boicot a productos israelíes
Estrasburgo (Francia), 11 jun (EFE).- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó este jueves a Francia por haber sentenciado a once activistas pro-palestinos por realizar campañas de boicot a productos israelíes en supermercados.
Los demandantes fueron condenados por el delito de incitación a la discriminación a pagar multas e indemnizaciones de unos 30.000 euros, pero para el Tribunal de Estrasburgo están amparados por el derecho a la libertad de expresión en un asunto de interés general.
De los once, nueve tienen nacionalidad francesa, uno es afgano y otro marroquí. Viven en localidades del departamento del Alto Rín, en Alsacia, y forman parte del 'Colectivo Palestina 68'.
En 2009, cinco de ellos participaron en una acción en un hipermercado, en la que pedían el boicot de productos israelíes. Expusieron, en tres carros a la vista de los clientes, productos procedentes de Israel y repartieron folletos.
Mese después, ocho de ellos participaron en un acto similar en el mismo centro comercial y recogieron firmas contra la venta de esos productos.
La Fiscalía de la ciudad de Colmar los llevó a juicio y en primera instancia fueron absueltos, pero el Tribunal de Apelación declaró su culpabilidad.
Tuvieron que indemnizar a los organismos que se habían constituido en acusación particular: la Liga Internacional contra el Racismo y el Antisemitismo, la Alianza Francia-Israel y la Oficina Nacional de Vigilancia contra el Antisemitismo.
En su sentencia, los jueces europeos concluyen que esa condena 'no se basó en motivos pertinentes y suficientes, y no están convencidos de que se aplicaran los principios del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege la libertad de expresión.
Recuerdan que llamar a la discriminación, incitando a la intolerancia, la violencia y el odio 'es uno de los límites que no hay que sobrepasar en ningún caso en el ejercicio de la libertad de expresión'.
Pero añaden que 'incitar a tratar de manera distinta no significa necesariamente una incitación a la discriminación'.
Francia tendrá que indemnizar a cada uno de los demandantes con 380 euros por daños materiales y 7.000 por daños morales, y tendrá que pagar 20.000 euros por costas judiciales.
La Federación Internacional y la Liga de Derechos Humanos señalaron en un comunicado que el fallo supone que 'la crítica a las autoridades israelíes y el uso de medios pacíficos para oponerse a su política no se puede confundir con un acto de antisemitismo'.
Amnistía Internacional también se felicitó, en otro comunicado, por una sentencia que 'debería impedir la utilización abusiva de las leyes contra las discriminaciones para atacar a militantes que hacen campaña contra atentados a los derechos humanos cometidos por Israel contra los palestinos'. EFE